La respuesta es SÍ. En nuestra carta magna no existe prohibición para las Entidades Federativas para crear sobretasas, veamos el artículo 117 constitucional donde se enumeran las prohibiciones para los Estados. Artículo 117. Los Estados no pueden, en ningún caso: I. Celebrar alianza, tratado o coalición con otro Estado ni con las Potencias extranjeras. II. Derogada....Leer Más
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