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Aclara SAT que Constancia de Situación Fiscal no es requisito para emitir factura

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió el comunicado 04/2026 dirigido a los contribuyentes, en el que puntualiza que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para la emisión de facturas electrónicas (CFDI). Esta aclaración responde a dudas y prácticas comunes en diversos comercios, empresas y oficinas que han condicionado la entrega de facturas a la presentación de este documento.

El organismo tributario enfatiza que el condicionar la emisión de CFDI a la entrega de la Cédula de Identificación Fiscal o de la CSF, constituye una infracción fiscal, esto de acuerdo con el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, y se castiga a quien lo realice con una multa que va de $21,420.00 pesos a $122,440.00 pesos.

Explicó también que para generar un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), el emisor únicamente necesita contar con cuatro datos básicos del receptor:

  • Clave del RFC.
  • Nombre o razón social.
  • Código postal.
  • Régimen fiscal.

Estos datos pueden consultarse fácilmente a través de la Cédula de Datos Fiscales disponible en el portal oficial del SAT: https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/

Además, el organismo recordó que la CSF no tiene una vigencia determinada: sólo se actualiza cuando el contribuyente modifica alguno de sus datos en el RFC (por ejemplo, cambio de domicilio, de régimen, de actividades económicas, modificación o incorporación de CURP, entre otros). Por lo tanto, se considera que no es indispensable para la emisión de facturas. Siendo ésta relevante únicamente para el propio contribuyente, toda vez que la CSF contiene información del contribuyente (como su domicilio fiscal, actividades económicas y obligaciones fiscales).

El SAT también subrayó que los empleadores no deben solicitar la CSF a sus trabajadores para el timbrado de nómina. Si se requieren datos fiscales para este trámite, pueden solicitarse mediante un caso de aclaración en términos de la ficha de trámite 44/CFF Solicitud de datos en el RFC de asalariados del Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, sin tener que pedirles la constancia física.

Aunque no es requisito para facturar, la CSF está disponible para los contribuyentes por distintos canales oficiales, tales como el portal del SAT (sat.gob.mx) con Contraseña o e.firma, la aplicación SAT Móvil o presenciales ofrecidos por el propio organismo.

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