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Causales de Suspensión de la Certificación IVA e IEPS

Contar con la Certificación en Materia de Impuesto al Valor Agregado e Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, otorga a las empresas con programa IMMEX, la posibilidad de aplicar un crédito fiscal del 100% sobre las importaciones temporales. Este beneficio libera flujo de efectivo crítico, pero su continuidad está supeditada al cumplimiento estricto y permanente de un marco regulatorio riguroso supervisado por la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE) del Servicio de Administración Tributaria.

La empresa que cuente con este beneficio debe acreditar diversos requisitos fiscales, aduaneros, y operativos.

Entre los aspectos más relevantes se encuentran:

  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales y aduaneras.
  • Contar con personal y acreditar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los trabajadores.
  • Contar con controles de inventarios adecuados para las operaciones de comercio exterior.
  • No encontrarse en determinados supuestos de incumplimiento fiscal.
  • Cumplir con los requisitos específicos correspondientes al régimen aduanero y al rubro solicitado.

Por lo tanto, si una empresa deja de cumplir con los requisitos u obligaciones establecidos en las disposiciones aplicables, puede quedar sujeta a procedimientos de suspensión o, en determinados casos, cancelación del registro. Esto es particularmente importante porque la pérdida del beneficio puede tener un impacto financiero considerable.

Principales Causales de Suspensión y Cancelación

1. Control de Inventarios y Anexo 30 (SCCCG)

  • Inconsistencias en el saldo: Existencia de diferencias entre el inventario físico real y los descargos reportados en el sistema de control.
  • Vencimiento de plazos de retorno: Mercancías importadas temporalmente, y que estas hayan superado el plazo legal permitido sin haber sido retornadas, cambiadas de régimen o regularizadas.
  • Transmisión extemporánea o incorrecta de descargos: No transmitir o reflejar erróneamente los pedimentos de retorno, cambios de régimen, constancias de transferencia o avisos de destrucción.

2. Estatus Fiscal y Legal del Contribuyente

  • Listas Negras del CFF (Artículos 69 y 69-B): Encontrarse la empresa, sus socios, accionistas, representante legal o integrantes del consejo de administración en los supuestos de empresas que facturan u operan operaciones simuladas (EFOS).
  • Opinión de Cumplimiento Negativa: Contar con Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, en sentido negativa, o no estar al corriente en obligaciones ante el IMSS e INFONAVIT.
  • Domicilio e Instalaciones No Localizadas: Tener el domicilio fiscal o cualquiera de las plantas, bodegas y almacenes registrados en estatus de “No Localizado” por el SAT.
  • Inactivación del Buzón Tributario: No contar con los medios de contacto vigentes o actualizados en el Buzón Tributario.

3. Inconsistencias Operativas y Aduaneras

Cancelación o Suspensión del Programa IMMEX: Si la Secretaría de Economía suspende o cancela el Programa IMMEX (por ejemplo, por no presentar el Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior), la Certificación IVA e IEPS pierde automáticamente el sustento del régimen aduanero.

Falta de Operaciones: No haber realizado operaciones de comercio exterior en un período superior a doce meses.

Negativa a Recibir Visitas Domiciliarias: Negarle el acceso al personal de la autoridad para que realice la inspección de supervisión de cumplimiento

La autoridad aplica un procedimiento por etapas regulado principalmente en las reglas 7.2.2 y 7.2.4 de las RGCE, cuyos puntos torales son los siguientes:

EtapaFundamento
Requerimiento de InformaciónRegla 7.2.2 / Plazo de 20 días hábiles
Inicio de Procedimiento de Cancelación / SuspensiónRegla 7.2.4 / Plazo de 10 días para pruebas y alegatos
Resolución de CancelaciónRegla 7.2.4 / Hasta 4 meses para emitir la resolución

Conclusión:

Por lo anterior, para garantizar la permanencia de la Certificación IVA e IEPS, se recomienda llevar una adecuada coordinación entre las áreas fiscal, aduanera y contable, así como realizar constantemente auditorías preventivas, implementando cruces de información mensuales entre el control de inventarios de la empresa y la plataforma del SAT, esto con la finalidad de identificar y corregir internamente las inconsistencias antes de que estas se conviertan en un requerimiento por parte de la Autoridad o en una posible causal de cancelación.

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