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Compliance En México

El compliance en materia penal, deriva del verbo inglés “compliance” que significa “to comply with” o en castellano “Seguir, asumir y respetar”, por lo que cuando nos referimos a dicho término hablamos de los denominados compliance programs o programas de complimiento normativo, es decir, una serie de reglas de operación con estándares mínimos de las personas morales. Como lo refiere el autor Kuhlen; se trata de una serie de medidas, implementadas por la empresa, que rigen a esta y a sus trabajadores y cuya infracción puede ser, eventualmente sancionada. Con otras palabras el compliance se configura por una serie de pautas, líneas directrices o reglas que deben cumplirse para que el actuar pueda ser considerado en armonía con el ordenamiento jurídico, para así evitar que las personas jurídicas incurran en alguna responsabilidad autónoma, misma que se introdujo en el Código Nacional de Procedimientos Penales en su artículo 421 párrafo primero que establece: Las personas jurídicas serán penalmente responsables, de los delitos cometidos a su nombre, por su cuenta, en su beneficio o a través de los medios que ellas proporcionen, cuando se haya determinado que además existió inobservancia del debido control en su organización. Lo anterior con independencia de la responsabilidad penal en que puedan incurrir sus representantes o administradores de hecho o de derecho.

Como lo advierte Engelhart EN UNA DESTACADA INVESTIGACION: EL termino complianse deriva del verbo ingles to comply with (seguir, asumir, respetar). Este termino se ha utilizada desde hace mucho tiempo en el ámbito de la medicina, donde se entiende que asumir de forma debida una terapia, desde hace algún tiempo se utiliza como parte del lenguaje en el ámbito de la economía, para indicar el contenido de la leyes estándares y líneas directrices al interior de las empresas. Como se observa, el compliance tiene una larga tradición y es independiente a la concideracion o no de la responsabilidad penal de las personas jurídicas

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