
Cuando los contribuyentes tienen a su cargo un crédito fiscal exigible por la autoridad fiscal, serán sujetos al procedimiento administrativo de ejecución, mecanismo utilizado por la autoridad para cobrar coactivamente (por la fuerza), el monto adeudado.
¿Qué es la garantía del interés fiscal?
Como cualquier garantía, sirve para asegurar al acreedor el cumplimiento de una obligación contraída por el deudor. La garantía del interés fiscal (GIF) es otorgada por los contribuyentes a la autoridad fiscal para asegurar el cumplimiento de un crédito fiscal que no se ha cubierto. Al otorgar la garantía el contribuyente evita el cobro coactivo del crédito fiscal, y la autoridad asegura el futuro cumplimiento de la obligación.
Con la garantía del interés fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), actúa con fundamento en el Código Fiscal de la Federación, el Reglamento del Código Fiscal de la Federación, la Resolución Miscelánea vigente y la Ley General de Procedimiento Contencioso Administrativo. Además de estos ordenamientos legales, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) respecto a sus créditos fiscales aplica lo dispuesto por la Ley del Seguro Social, y por lo que respecta al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) para sus créditos fiscales aplica además lo establecido por la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Reglamento Interior del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Autónomo.
Los supuestos previstos de la garantía del interés fiscal son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas. Con respecto al SAT las siguientes son posibles acciones que pueden ocurrir:
· Aumento de Garantía del Interés Fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)
· Sustitución de Garantía del Interés Fiscal ante el SAT.
· Disminución de Garantía del Interés Fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)
· Cancelación de Garantía del Interés Fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)
Ya sea que el requerimiento de pago sea de parte del SAT, IMSS o INFONAVIT, en Lamassu Abogados Fiscalistas podemos ayudarle a lograr los mejores resultados, dependiendo de las variables presentes.
Es importante considerar que la GIF no es una opción para todos los contribuyentes y está sujeta a ciertas restricciones y requisitos establecidos por la ley fiscal mexicana. Además, el uso de la GIF puede tener implicaciones financieras y legales significativas para los contribuyentes, por lo que es recomendable buscar asesoría especializada antes de solicitarla.